viernes, 27 de septiembre de 2013

Derechos de Autor...

Si tu eres un creador de software, contenido digital, aplicaciones y/o videojuegos, tus obras pueden estar protegidas por la DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor).

El registro de las obras se puede hacer en línea ingresando a www.derechodeautor.gov.co, o directamente en las oficinas de la DNDA en Bogotá (calle 28 #13ª - 15, piso 17). Esta gestión, sin importar el tipo de obra, es gratuita y el trámite tarda 15 días hábiles.

El proceso es sencillo, solo es cuestión de llenar un formulario donde se debe poner todos los datos necesarios, adjuntar una copia física o digital de la obra que se desea registrar, y listo. Pero si lo que quieres es registrar un software o aplicación debes tener en cuenta lo siguiente:

∞ Se puede registrar su documentación completa, el código fuente o el manual de usuario, o también se pueden registrar los tres documentos para que de esta manera quede más completo.
∞ No se debe entregar sólo material publicitario, sino principalmente documentación que permita identificar de manera correcta el software (características más importantes).
∞ Las páginas web no son registrables, como tampoco lo son su concepto, objetivos o funciones. Sin embargo, los elementos individuales presentes en la página web que se consideren una obra literaria o artística, sí se pueden registrar.
Gracias!

Aquí te dejo un vídeo para mas información: http://www.youtube.com/watch?v=zyRWxwb_sUE

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